
ACTUALIZACIÓN 10/11/08:
Ya tenéis publicado el artículo en Tres Tizas.
Para los profesores de lengua y literatura, este blog pretende ser la Cueva de Alí Babá, en la que encontrar alguna idea, algún germen que permita abrir caminos, sembrar dudas, avivar el seso de los más inquietos.
ALUMNADO CON ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALESArtículo 76. Ámbito.
Corresponde a las Administraciones educativas adoptar las medidas necesarias para identificar al alumnado con altas capacidades intelectuales y valorar de forma temprana sus necesidades. Asimismo, les corresponde adoptar planes de actuación adecuados a dichas necesidades.
Artículo 77. Escolarización.
El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá las normas para flexibilizar la duración de cada una de las etapas del sistema educativo para los alumnos con altas capacidades intelectuales, con independencia de su edad.
Artículo 30Pues sí, me alegro de que hayan pensado con la cabeza. Porque, no por repetir a diario lo de la igualdad de oportunidades los jóvenes van a tenerlas así de fácil. No. Hay jóvenes que perdieron el tren de las oportunidades nada más nacer, o lo han ido perdiendo durante el colegio, o a mamporros en su casa. Es justo que el sistema educativo les ofrezca una salida. Pero pretender que los profesores somos Pigmaliones funcionando a tutiplén, eso es fantasía de la gorda. En segundo de la ESO, un chaval tiene todo el pescado vendido y pocos milagros podemos hacer por él. Para este tipo de alumnos, la salvación es aprender un trabajo y las cuatro reglas básicas que lo salven de ser un paria. Insistir en los manidos objetivos generales de la ESO, para ellos (y para nosotros) es una especie de burla macabra.
3. Los programas de cualificación profesional inicial incluirán tres tipos de módulos:
a) Módulos específicos referidos a las unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel uno del Catálogo citado.
b) Módulos formativos de carácter general, que amplíen competencias básicas y favorezcan la transición desde el sistema educativo al mundo laboral.
c) Módulos de carácter voluntario para los alumnos, que conduzcan a la obtención del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria y que podrán cursarse de manera simultánea con los módulos a los que se refieren los anteriores párrafos a) y b) o una vez superados éstos.
(...)
6. Corresponde a las Administraciones educativas regular los programas de cualificación profesional inicial, que serán ofrecidos, en todo caso, en centros públicos y privados concertados a fin de posibilitar al alumnado el acceso a dichos programas.
Artículo 6. Repetición de cursoDestaco el punto segundo porque mi centro acoge a un gran número de alumnos que cumplen ese requisito. De hecho, hay grupos de segundo en los que el 90% del alumnado sería firme candidato a dichos programas profesionales. Es más, muchos de los absentistas que sólo aparecen un par de días por el instituto (para evitar molestias de la fiscalía) quizá se animasen a venir si les enseñásemos algo más que fórmulas y complementos directos.
5. Si el alumnado, tras repetir 1º, 2º o 3º no cumple los requisitos de promoción al curso siguiente, el equipo docente, asesorado por el departamento de orientación o por quien tenga atribuidas sus funciones, y previa consulta a los padres o tutores legales, decidirá lo que proceda en función de las necesidades educativas del alumnado, en las condiciones siguientes:
a) Si repite 1º, la incorporación al curso siguiente con las medidas de atención a la diversidad que se considere.
b) Si repite 2º, la incorporación al curso siguiente con las medidas de atención a la diversidad que se considere o, en su caso, a un programa de cualificación profesional inicial o a un programa de diversificación curricular.
c) Si repite 3º, la incorporación a 4º con las medidas de atención a la diversidad que se considere o, en su caso, a un programa de diversificación curricular o a un programa de cualificación profesional inicial.
...esta competencia permite procesar y gestionar adecuadamente información abundante y compleja, resolver problemas reales, tomar decisiones, trabajar en entornos colaborativos ampliando los entornos de comunicación para participar en comunidades de aprendizaje formales e informales, y generar producciones responsables y creativas. (...)Y en el Anexo II, en el que se establecen los contenidos de las distintas materias, concretamente para la Lengua castellana y literatura, establece como aportación a las competencias básicas algunas de las prácticas que ya usamos con las TIC:
Igualmente permite aprovechar la información que proporcionan y analizarla de forma crítica mediante el trabajo personal autónomo y el trabajo colaborativo, tanto en su vertiente sincrónica como diacrónica, conociendo y relacionándose con entornos físicos y sociales cada vez más amplios.
Además de utilizarlas como herramienta para organizar la información, procesarla y orientarla para conseguir objetivos y fines de aprendizaje, trabajo y ocio previamente establecidos.
La materia contribuye al tratamiento de la información y competencia digital al tener como una de sus metas proporcionar conocimientos y destrezas para la búsqueda y selección de información relevante de acuerdo con diferentes necesidades, así como para su reutilización en la producción de textos orales y escritos propios. La búsqueda y selección de muchas de estas informaciones requerirá, por ejemplo, el uso adecuado de bibliotecas o la utilización de Internet, la realización guiada de estas búsquedas constituirá un medio para el desarrollo de la competencia digital. A ello contribuye también el hecho de que el currículo incluya el uso de soportes electrónicos en la composición de textos de modo que puedan abordarse más eficazmente algunas operaciones que intervienen en el proceso de escritura (planificación, ejecución del texto, revisión) y que constituyen uno de los contenidos básicos de esta materia.Por ello, lejos de asustarnos como tiernos infantes, hemos de ofrecer alternativas prácticas para trabajar en Internet y asegurarnos de que los padres, madres o tutores conocen estas exigencias. En este curso, para los alumnos de 3º de ESO he realizado un modelo de autorización TIC. Como ya sé que cuesta conseguir que devuelvan algo firmado, lo he planteado a la inversa: Deben firmar quienes NO estén de acuerdo en que sus hijos participen de este tipo de actividades. Como nadie lo ha devuelto firmado, considero que cuento con su autorización. Os dejo el enlace del PDF con una plantilla en blanco y el de Google docs por si queréis 'tunearlo':
También pueden contribuir al desarrollo de esta competencia el uso en esta materia de los nuevos medios de comunicación digitales que implican un uso social y colaborativo de la escritura y de los conocimientos.
TÍTULO II¿Es acaso una osadía desear que se cumplan las leyes?
Equidad en la Educación
CAPÍTULO I
Alumnado con necesidad específica de apoyo educativo
Artículo 71. Principios.
1. Las Administraciones educativas dispondrán los medios necesarios para que todo el alumnado alcance el máximo desarrollo personal, intelectual, social y emocional, así como los objetivos establecidos con carácter general en la presente Ley.
2. Corresponde a las Administraciones educativas asegurar los recursos necesarios para que los alumnos y alumnas que requieran una atención educativa diferente a la ordinaria, por presentar necesidades educativas especiales, por dificultades específicas de aprendizaje, por sus altas capacidades intelectuales, por haberse incorporado tarde al sistema educativo, o por condiciones personales o de historia escolar, puedan alcanzar el máximo desarrollo posible de sus capacidades personales y, en todo caso, los objetivos establecidos con carácter general para todo el alumnado.
3. Las Administraciones educativas establecerán los procedimientos y recursos precisos para identificar tempranamente las necesidades educativas específicas de los alumnos y alumnas a las que se refiere el apartado anterior. La atención integral al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo se iniciará desde el mismo momento en que dicha necesidad sea identificada y se regirá por los principios de normalización e inclusión.
4. Corresponde a las Administraciones educativas garantizar la escolarización, regular y asegurar la participación de los padres o tutores en las decisiones que afecten a la escolarización y a los procesos educativos de este alumnado. Igualmente les corresponde adoptar las medidas oportunas para que los padres de estos alumnos reciban el adecuado asesoramiento individualizado, así como la información necesaria que les ayude en la educación de sus hijos.
Artículo 72. Recursos.
1. Para alcanzar los fines señalados en el artículo anterior, las Administraciones educativas dispondrán del profesorado de las especialidades correspondientes y de profesionales cualificados, así como de los medios y materiales precisos para la adecuada atención a este alumnado.
2. Corresponde a las Administraciones educativas dotar a los centros de los recursos necesarios para atender adecuadamente a este alumnado. Los criterios para determinar estas dotaciones serán los mismos para los centros públicos y privados concertados.
3. Los centros contarán con la debida organización escolar y realizarán las adaptaciones y diversificaciones curriculares precisas para facilitar a todo el alumnado la consecución de los fines establecidos.
4. Las Administraciones educativas promoverán la formación del profesorado y de otros profesionales relacionada con el tratamiento del alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.
5. Las Administraciones educativas podrán colaborar con otras Administraciones o entidades públicas o privadas sin ánimo de lucro, instituciones o asociaciones, para facilitar la escolarización y una mejor incorporación de este alumnado al centro educativo.
Título I, Capítulo III, Artículo 22:7. Las medidas de atención a la diversidad que adopten los centros estarán orientadas a la consecución de los objetivos de la educación secundaria obligatoria por parte de todo su alumnado y no podrán, en ningún caso, suponer una discriminación que les impida alcanzar dichos objetivos y la titulación correspondiente.
Buena intención la del legislador si pretende que no se discrimine a nadie al hacerle una adaptación, pero ¿qué ocurre con aquellos que ya vienen discriminados desde hace años? ¿Qué les ofrecemos a quienes no van a llegar nunca a esos objetivos generales de la ESO? ¿Piensan los políticos que, por definición, todo alumno que entra en un instituto está capacitado para esos objetivos? Si la respuesta es afirmativa, el errado soy yo. Si, por el contrario, existen alumnos que nunca van a llegar a esos objetivos, sería justo que las medidas de atención a la diversidad trabajasen competencias por debajo de esos objetivos generales, para que al menos un alumno puede llevarse algo positivo del instituto. Aunque sea únicamente la capacidad de imaginar.
Crédito de la imagen: www.flickr.com/photos/62518311@N00/361936407
Se han acabado las oposiciones. Les doy la enhorabuena a mis amigas Puri, Elena y Teresa que han aprobado y también les doy todo mi apoyo a otros, como Pepe, Celia, Elena, Marisol, María José, María o Sandra, que han puesto lo mejor que tenían, pero han quedado descolgados de la rueda de la fortuna.
Gabriela Zayas se ha quejado, con razón, de algunos criterios que se han aplicado y que dudosamente apuntan a la excelencia docente. En este caso, creo que los tribunales han sido los chivos expiatorios de una convocatoria que encerraba gato desde el principio. El REAL DECRETO 276/2007, que regula este periodo transitorio, los próximos cinco años de aplicación de la LOE, avisa claramente de que se ha de dar preferencia a los opositores con experiencia previa, o lo que es lo mismo, que se debe favorecer a los profesores interinos:
"...se valorarán la formación académica y, de forma preferente, la experiencia docente previa en los centros públicos de la misma etapa educativa, hasta los límites legales permitidos." Título VI, Capítulo I
No sé si habrá ocurrido por igual en todos los tribunales, en todas las especialidades y en todas las comunidades, pero mis tanteos con compañeros que conozco y que están a uno y otro lado del paredón dan como resultado un balance claro a favor de profesores interinos. Ahí está el gato encerrado: la administración no ha sabido solucionar el problema de las monumentales bolsas de interinos (en el caso de la Comunidad Valenciana se da el caso de profesores que llevan quince años o más de docencia sin haber pasado nunca por delante de un tribunal y que siguen ocupando los primeros puestos de la bolsa), y deja en manos de los tribunales un sistema que, al no plantear exámenes eliminatorios, permite compensar los conocimientos teóricos con la práctica pedagógica. Y que conste que me parece acertado, pues no es justo que quien pueda flojear en la teoría siendo un buen profesor quede fuera del sistema. Pero, del mismo modo, ese sistema tendría que compensar a aquellos opositores sin experiencia docente previa, que pueden demostrar un amplio despliegue de estrategias y ánimos y que, al no disponer del colchón de puntos de interinidades, están condenados al fracaso. Para ellos, esta convocatoria ha sido una farsa, aunque tal vez les permita acceder a una bolsa en la que, poco a poco, sus integrantes van consolidando su situación. Y lo peor es que quienes tienen pocos puntos o están en los últimos lugares de la bolsa y han aprobado sin obtener plaza se siguen quedando los últimos, por detrás de muchos que ni siquiera se han presentado (ya digo que aquí los interinos no están obligados a presentarse a las oposiciones para mantener su lugar en la bolsa).
Así que me quedo con un sabor agridulce: me alegra saber que aquellos profesores interinos que asumen que las oposiciones son para ellos un compromiso obligado van accediendo al sistema y regularizan su situación; me apena imaginar que en los próximos años quizá no se incorpore al sistema la dosis suficiente de savia nueva que aporte las novedades que necesitamos en los institutos.
Por si no lo sabíais, también en el IES Antonio Dominguez Ortiz están en lucha para pedir que la Delegación de Educación de Sevilla no les suprima la oferta de estudios de Bachillerato para el próximo curso. Podéis encontrar más información aquí:
http://igualdad3000.blogspot.com/
http://nosolomates.wordpress.com/
http://elblogdejuanjo.wordpress.com/
Las firmas de apoyo se recogen en http://ramoncastro.es/protesta.php
Mientras, las autoridades educativas han dado un gran paso para reducir el fracaso escolar en la secundaria. A partir de ahora, quedan terminantemente prohibidos los ceros. Quienes acudan a clase (con independencia de su rendimiento) tendrán por lo menos un 1 (como dicen los alumnos, 'por aguantarnos'). Ver noticia (el proyecto que publica Magisterio se puede descargar aquí)Original image: www.flickr.com/photos/43081986@N00/159956256
by: Igor Maminta